Llevar el coche en regla no solo es una obligación para evitar sanciones económicas importantes de la DGT. Un correcto mantenimiento del vehículo nos producirá una mayor sensación de seguridad al volante, aunque lógicamente, el alivio económico y ese temor a una posible sanción, desaparecerán. Pendientes de reglajes y mantenimientos comunes como el de las ruedas, el aceita y filtros, la ITV y seguro entre otras muchas cosas, mucho cuidado porque hay un elemento que de incluir, debemos de estar al tanto de como usarlo y como hacer de él un uso correcto. Más si cabe porque de cometer una infracción por su instalación, la multa puede ascender hasta los 400 euros. Estamos hablando de la bola de enganche a nuestro vehículo.
Sobre la bola de enganche para remolque o caravana, la DGT advierte
Sobre este objetivo, la Dirección General de Tráfico es muy tajante. Está permitido, sin embargo, un uso incorrecto de él puede provocar esa sanción económica tan dura. Por supuesto, la principal condición es que esté homologado y colocado por un taller autorizado. Nada de hacerlo por nuestra cuenta. Para ello, deberemos contar con un certificado que así lo acredite. Si no, nos exponemos a esa multa.
Una vez instalado, para evitar riesgos, estamos obligados a llevar encima un informe de conformidad. Es decir, ese certificado emitido por el taller donde ha sido instalado. Este documento va incluido dentro de una serie de requisitos que debemos de llevar con nosotros. Se trata de la homologación del enganche y un informe de conformidad. Este segundo, emitido por el concesionario. Todo tras la entrada en vigor de la ley anti-tuneo que clasifica a la bola de enganche como una reforma de importancia dentro de nuestro vehículo. Si no, una vez nos detengan en un control rutinario de la Guardia Civil, en caso de comprobar que uno de estos requisitos no se han cumplido, habrá problemas.
La otra vía para detectarlo será una vez tengamos que pasar la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). Allí, los inspectores evaluarán si se trata de una bola de enganche homologada o si por el contrario, estamos cometiendo una irregularidad. Por supuesto, si se detecta, nos darán el no al final de la inspección y estaremos obligados a retirarlo. En caso de no cumplir con lo que nos exigen, la multa puede llegar hasta los 400 euros, dependiendo del riesgo que podemos causar a nosotros mismos o conductores ajenos por la instalación de este objetivo.
Motivos de sanción por la DGT al colocar la bola de enganche
Ubicada en la parte trasera del vehículo, es de vital importancia que la bola no tape en ningún momento la matrícula. Si dicho problema sucede, la multa de la DGT será de 200 euros por ser un ‘obstáculo de visualización de la matrícula’. Sin embargo, tranquilidad por este aspecto. En cuanto a estos enganches, pueden ser tanto fijos como desmontables. Estos segundos han generado más controversia ya que han sido bastantes los conductores que han recibido sanciones económicas por circular con la bola sin remolque. Ante este suceso, argumentaban que podría obstaculizar la visibilidad, recibiendo por ello esa sanción de 200 euros.
Si bien, es importante saber que ninguna de estas denuncias terminaron prosperando porque ‘carecían de base legal’, aunque eso sí, fueron reclamadas previamente. Todo sujeto a la normativa que argumenta que “independientemente de que se trate de una bola para remolque fija o desmontable, si se halla incluido en la ficha técnica está totalmente en regla y es legal circular con ella independientemente de si se lleva o no el remolque”. En definitiva, un objeto que, una vez confirmado que está homologado, podremos llevar con nosotros sin ningún temor.
 
			