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Despedido de Mercadona por limpiar un calamar antes de pesarlo: la Justicia tuvo que intervenir y lo hizo así

por Rita Armenteros
16 de julio de 2025
en Actualidad
Despedido de Mercadona por limpiar un calamar

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), después de un tiempo de argumentos y debate, ha dado la razón a un trabajador de Mercadona que fue despedido en 2021 por pesar un calamar después de limpiarlo, supuestamente para pagar menos. La sala considera que la compañía no demostró ni hurto ni abuso de confianza y, por tanto, ordena volver a admitir al empleado o abonarle una indemnización de 15.006,42 euros. Siga leyendo para conocer el desarrollo de toda la historia de este trabajador.

La carta de empresa: el origen del despido disciplinario del pescadero del Mercadona

La problemática tiene su inicio en octubre de 2021, en el momento en el que el empleado, ,con antigüedad desde 2015 en la sección de pescadería, preparó un calamar en ausencia de su compañera, lo pesó y lo dejó en la máquina de hielo sin ticket. Después de finalizar su jornada con total normalidad, pasó por caja para abonarlo; llevaba el recibo en el bolsillo, no dentro de la bolsa.

A instancias de la coordinadora, otro compañero simuló la operación con un ejemplar parecido, ya que entre el peso en bruto y el peso limpio aparecieron 320 gramos de diferencia. Mercadona expuso durante el procedimiento que los cefalópodos pierden entre 300 y 400 gramos después de todo el proceso de la limpieza y concluyó que el trabajador había pesado el producto después de escurrirlo para que la compra resultara mucho más barata, contraviniendo el protocolo interno que exige que sea un compañero quien pese y emita el ticket.

Reclamación judicial y argumentos del trabajador ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias

El afectado impugnó la sanción primero en conciliación y más tarde ante el Juzgado de lo Social de Las Palmas, que desestimó su demanda. Así pues, decidió recurrir entonces al TSJC alegando que su conducta, en todo caso, supondría una falta grave y no muy grave, sin encajar en los supuestos de fraude, deslealtad o manipulación de datos previstos en el artículo 33 C del convenio colectivo de la cadena del supermercado.

También expuso que el juzgado asumiera que un calamar debía pesar “más de un kilo” y perder siempre unos 300 gramos al limpiarse, en el momento en el que el comprado por él marcó 950 gramos y 842 gramos después de la preparación, valores “dentro de lo común” para piezas pequeñas.

No hay pruebas de fraude ni hurto tras la sanción desproporcionada

La sala de suplicación revocó la sentencia de instancia al comprender que Mercadona no acreditó la comisión de una falta muy grave. Para los magistrados, resultaba difícil de entender que la empresa tomara como hecho probado la pérdida de peso estándar sin demostrar que el trabajador manipulara el proceso con la intención de lucrarse.

El tribunal destacar que la compañía no ha prohibido en ningún momento escurrir cefalópodos previos de pesarlos ni aportó datos que hicieran el episodio en una conducta dolosa. De ahí que definiera el despido como improcedente conforme al artículo 55.4 del Estatuto de los Trabajadores.

La necesidad de pruebas sólidas en los despidos por presunto fraude interno

La resolución envía un mensaje claro a Mercadona y al resto de grandes superficies: para finalizar un contrato por supuesta apropiación de género no es suficiente con conjeturas en torno al peso de un producto, en su lugar, hace falta una prueba concluyente del perjuicio económico o de la deslealtad.

En la práctica, la decisión determinará la revisión de los protocolos de autocompra de empleados y a reforzar los sistemas de control y vigilancia. Asimismo, refuerza la doctrina que exige proporcionalidad entre la carencia y la sanción:  comportamientos irregulares menores deben tratarse, como mucho, con amonestaciones o suspensiones, no con despidos de esta índole.

Por parte de los sindicatos y despachos laboralistas se espera que este fallo sea referencia para impugnaciones del futuro en las que la empresa invoque pérdidas teóricas sin demostrar una intención real de defraudar. Mercadona dispone ahora de la opción de reincorporar al trabajador en su puesto o satisfacer la indemnización fijada por el TSJC.

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